"El mayor castigo para quienes no se interesan por la política es que serán gobernados por personas que sí se interesan." Arnold J. Toynbee
Camino hacia el trabajo, el taxista enciende la radio y escucho sobre el "tejemeneje" que tiene Juan Jovane con el tribunal electoral. Juan Jovane pide una casilla en las papeltas que se usaran para las elecciones de mayo de 2014, alegando que el puede participar como candidato independiente ya que Gerardo Solis de unió con Juan Carlos Navarro, así que esa casilla queda libre. La ley electoral dispone que solo podían competir como independientes los tres primeros en presentar mayor cantidad de adherentes.
Bueno, Gerardo Solis renuncio a su acreditación como candidato independiente a la Presidencia, para que la postulacion de Jovane sea viable.
Me quede pensando: Este sr. Jovane, hasta cuando va a perder su tiempo y energía en campañas políticas que No van para ningún lado; osea ya man cuelga los guantes, ¿Cuantas veces se va a lanzar como candidato? ¿No se cansa de perder?. ¡Jovane SUPERALO!
Es más mi mente viajo hacia los partidos, ¿porque hay tantos partidos? ¿porque se pelean por demostrar que son los mejores? ¿Cual es el afán de hundir a los demás partidos? ¿Cual es el interés de los políticos de que te inscribas en sus partidos? ¿Porque Lamphrey le ofreció "50K" a Moulanier para que se cambiara de partido? ¿Como se mantienen los partidos, digo tienen que pagar agua, luz, teléfono, alquiler, etc etc? ¿Cual es el interés detrás de todos estos actos?
E. Burke señala que un partido político “Es un núcleo de hombres puestos de acuerdo para trabajar en común para bien del país, según ciertos principios comunes a todos ellos.
Pues señoras y señores, hay leyes que hacen los mismos Diputados a favor de los partidos y sus candidatos. Hay leyes que avalan que el Tribunal Electoral les de una cantidad de dinero a cada partido político, y a sus aspirantes solo por el hecho de participar en la contienda electoral; igualmente a los candidatos independientes.
La Constitución de 1972, la cual se ocupa principalmente de los Partidos Políticos.
En su artículo 123 dice que la Ley “regulará la formación, financiamiento, subsistencia de los Partidos Políticos”.
La ley 81 del 5 de octubre de 1978
Establece que el mínimo de adherentes para la existencia y reconocimiento de un Partido Político es de 30,000.
Establece que el gobierno prestará ayuda financiera para sufragar gasto de los Partidos Políticos.
El Estado los fiscalizará por medio del Tribunal Electoral y la Contraloría General de la Nación.
Ohh se aclara el panorama, ¿no creen?. Hay un dinero de por medio y para recibirlo tienen que tener como mínimo 30,000 inscritos en los partidos... "Ya entiendo los 50K" (Aclaro 50 KANGUROS), pero aun hay más beneficios, que nosotros los contribuyentes pagamos:
INCENTIVOS y Subsidios A LOS PARTIDOS POLÍTICOS
Artículo 163: Toda gestión y actuación en materia electoral o relacionados con los partidos políticos se adelantarán en papel común y no darán lugar a impuestos de timbres ni al pago de derechos de ninguna clase. La correspondencia, los expedientes, exhortos y demás actuaciones cursarán libres de porte por los correos y telégrafos nacionales.
Artículo 164: Toda actividad que realicen los partidos políticos con el propósito de recaudar fondos, estará exenta del pago de impuestos, timbres y demás derechos fiscales.
Artículo 165: Son gastos deducibles del impuesto sobre la renta, las contribuciones y donaciones en efectivo hechas por personas naturales o jurídicas a los partidos políticos o a candidatos a puestos de elección popular. Cada contribuyente podrá deducir hasta un monto total de Diez Mil Balboas anuales.
- Artículo 166: El desarrollo de lo que establece el precepto constitucional , el Estado contribuirá a los gastos en que incurran los partidos políticos y los candidatos de libre postulación en las elecciones generales, de conformidad con lo dispuesto en este código
Artículo 167: A efecto de los fines del artículo anterior, para cada elección general se aprobará en el Presupuesto del Tribunal Electoral correspondiente al año inmediatamente anterior al de las elecciones, una partida equivalente al uno por ciento (1%) de los ingresos corriente presupuestados para el gobierno central.
Artículo 168: Para que los partidos políticos y los candidatos de libre postulación tengan derecho a recibir la contribución de que trata el artículo 166, es necesario que, a más tardar treinta días calendario después de la apertura del proceso electoral, comuniquen al Tribunal Electoral su intención de participar en dicho proceso y de recibir la contribución del Estado.
Artículo 169: La contribución para los gastos de los partidos políticos y candidatos de libre postulación, la hará el Tribunal Electoral en partidas que se entregarán de la siguiente forma:
1. A cada candidato de libre postulación, reconocido formalmente por el
Tribunal Electoral, se le entregará, dentro de los sesenta días calendario
siguientes a dicho reconocimiento, una suma inicial de treinta centavos de
balboa (B/. =0.50) por cada adherente que haya inscrito para su postulación.
Para determinar la suma final que le corresponde y a cada partido y candidato de libre postulación, se sumarán los votos obtenidos en la elección presidencial para cada uno de los partidos que haya subsistido, con los votos obtenidos por cada uno de los candidatos de libre postulación que hayan sido elegidos, independientemente del tipo de elección. El estado de la contribución estatal asignada al Tribunal Electoral para estos propósitos, que estuviere pendiente de distribución, hechas las deducciones de las sumas iniciales contempladas, se dividirá entre el número que hubiese arrojado la suma anterior, para obtener la suma anterior, para obtener la suma que, por cada voto, le reconocerá el Tribunal Electoral a cada partido y a cada candidato de libre postulación.
Derechos de los partidos políticos
Artículo 93: Los partidos políticos son asociaciones con personería jurídica y, en tal condición, tienen los siguientes derechos:
1. Adquirir y tener propiedad bienes e inmuebles y administrar y disponer de los
Fijar y recibir las cuotas de sus miembros.
Recibir herencias, legados y donaciones.
Recibir los subsidios del Estado de conformidad con el Capítulo Primero del Título V de este Código.
Utilizar los medios de comunicación social que el gobierno central administre. El Tribunal Electoral reglamentará el ejercicio de este derecho.
Artículo 174: De acuerdo a lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política, el Tribunal Electoral reglamentará la utilización de los medios de comunicación social que el gobierno administre , para que los partidos políticos, en igualdad de condiciones, puedan utilizarlos.
Estos medios podrán utilizarse para difundir propagandas, programas de opinión pública, debates y cualquier evento público.
Artículo 175: Los partidos políticos gozarán de una línea telefónica sin cargos para llamadas locales, incluyendo llamadas a teléfonos celulares, en una sede permanente que tenga establecida en las cabeceras provinciales. En estas sedes partidarias, gozarán además de un descuento del cincuenta por ciento (50%) de la tarifa de la electricidad.
Parágrafo: Esta norma es de orden público e interés social y tiene carácter retroactivo.
Artículo 176: Los partidos políticos podrán importar libre de derechos de introducción y demás gravámenes, hasta cinco vehículos de trabajo hasta de una y media tonelada y de pasajeros hasta de treinta plazas y cinco sistemas de amplificación de sonido o de comunicación, cada cuatro años. En caso de que algunos de los vehículos o estos equipos sufra un desperfecto mecánico irreparable, comprobado antes de los cuatro años, previa certificación al Tribunal Electoral, el partido político afectado podrá solicitar la importación de otro vehículo o de estos equipos para reemplazarlos. Los vehículos no podrán ser vendidos sino después transcurridos cuatro años de uso mediante el pago de los impuestos de importación que en ese momento se causen como vehículos usados. Los vehículos a que se refiere este artículo deberán portas los distintivos del respectivo partido
¿Como se extinguen los Partidos Políticos:
Artículo 109: Los partidos políticos se extinguirán por:
1. Por disolución voluntaria
Por fusión con otros partidos.
Por no haber obtener un número de votos al menos igual al cuatro por ciento (4%) del total de los votos válidos emitidos en la respectiva elección, su participación en las elección general para Presidente y Vicepresidentes de la República, para legisladores, para alcaldes, si dicho cargo fuese de elección popular y para representante de corregimiento.
¿Ahora entienden porque es tan importante para algunas personas ser candidatos? Hay un dinero de por medio, que me parece absurdo, ya que el TE exige como mínimo 15 mil firmas para participar como candidato independiente... Díganme de 3 millones de personas que hay en Panamá, cuanto representan 15 mil firmas, Ni el 1%. Osea que ese candidato JAMAS va a Ganar una contienda política con 15 mil firmas, pero si va a ganar 4,500 dolares, como mínimo. (15,000 x 0.50 = 7,500). ¿Ahora entienden porque desaparece un partido y aparecen 2? Ven porque se les ofrece dinero a las personas por pertenecer a un X partido... Todo es por el MONEY-PODER-MONEY
"En política sucede como en las matemáticas: todo lo que no es totalmente correcto, está mal". Edward Moore Kennedy
Según la ley este dinero debe ser usado, para la campaña política y todo sera fiscalizado por la contraloria... MMMMM. ¿Cuantos escándalos en los gobiernos se han escuchado de mal manejo de NUESTRO DINERO? Seamos sinceros, ¿creen uds que ese dinero que el TE reparte, es bien usado? Casi ninguna de las propagandas políticas nos edifican, todo es guerra, tiradera de puyas y nada de propuestas... ¿Creen ustedes que ese dinero no es repartido con el amigo que hace vallas políticas a un precio irreal, o es usado en pagar "viáticos" de la mujer, amiga, prima, compadre, etc, etc?
El día de las elecciones veremos el poco de partidos desesperados por saber quienes quedaron electos, porque de no ganar en ningún cargo el TE no les dará más dinerito, es más el partido corre el riesgo de desaparecer.
Ademas de usar el dinero del TE para subsistir, los partidos políticos, tienen donantes, por ejemplo Murcia, que donó para tener aliados en el gobierno por alguna eventualidad... un favor, un permiso... etc, etc. Digo NADIE DA NADA GRATIS, olvídense de eso, la mayoría de esos donantes, querrá algún favor más adelante. Me imagino que los Diputados, Alcaldes y demás cargos electos tienen que velar por los intereses de su partido también.
"Se puede engañar a parte del pueblo parte del tiempo, pero no se puede engañar a todo el pueblo todo el tiempo". Abraham Lincoln
Entiendo que cuando hicieron estas leyes, fue pensando en involucrar a las personas en la política; pero ya las cosas no son como antes, hay que reformar estas leyes, ya que como están no tienen ningún sentido. Deben exigirle a los independientes más firmas como mínimo, deben poner parámetros para dar estos dineros, como van a seguir manteniendo a esos nidos de víboras..., no son todos, pero hay unos partidos con escándalos comprobados de corrupción, a esos partidos deben sancionarlos y no PREMIARLOS con NUESTRO DINERO, que los mantengan los que se benefician de ellos.
Feliz Lunes... =)
Mas Info: http://www.tribunal-electoral.gob.pa/html/index.php?id=407
http://www.panamatramita.gob.pa/tramite/permiso-de-importaciones-de-art%C3%ADculos-exonerados-por-los-partidos-pol%C3%ADticos
http://www.ife.org.mx/documentos/AI/elecmex5/financiacion.html
http://www.telemetro.com/politica/noticias/Politicos-reaccionan-escandalo-Moulanier-Molirena_0_658134656.html
http://www.losandes.com.ar/notas/2003/10/11/internacionales-87588.asp
http://m.noticiascaracol.com/mundo/video129052-panama-tambien-arde-escandalo-politico-alrededor-de-dmg
http://www.prensa.com/impreso/mundo/caen-seis-politicos-por-escandalo-de-soborno/167434